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año:2005
 
institución:MINISTERIO DE GOBERNACION Y POLICIA
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área De Servicios Municipales PÁGINA DIVISION DE FISCALIZACION OPERATIVA Y VALUATIVA AREA SERVICIOS MUNICIPALES Lic. Rogelio Ramos Martínez 2 12 de diciembre, 2005 Al contestar refiérase al oficio No. 16002 FAX: 226-0726 12 de diciembre, 2005 FOE-SM-2643 Licenciado Rogelio Ramos Martínez MINISTRO DE GOBERNACIÓN, POLICÍA Y SEGURIDAD PÚBLICA Apartado postal No. 4768-1000 Estimado señor: Asunto: Respuesta a oficio No. 3298-2005 DM del 16 de noviembre de 2005. Me refiero a su oficio No. 3298-2005 DM del 16 de noviembre de 2005, mediante el cual solicita se le informe sobre la vigencia y aplicabilidad del pronunciamiento emitido por esta Contraloría General mediante el oficio No. 12103 del 22 de octubre de 2001, referente a que los sujetos privados no necesitan cumplir con el trámite de la calificación de idoneidad cuando vayan a administrar fondos públicos provenientes de la Ley No. 4890 "Ley del 2% del Impuesto sobre la Renta" o de cualquier otra ley distinta a las leyes por las que se otorga la referida calificación de idoneidad (7730/97, 7755/98 y 7972/99). Al respecto me permito informarle lo siguiente: El nuevo "Reglamento sobre la calificación de sujetos privados Idóneos para administrar fondos públicos", publicado en La Gaceta No. 91, del 12 de mayo del año en curso, al cual hace referencia en su oficio, se promulgó entre otras cosas por la necesidad de establecer un marco normativo básico que regule la presentación ante la administración concedente y ante la Contraloría General, de las solicitudes de calificación de sujeto privado idóneo para administrar fondos públicos. No obstante, en el artículo 1° (Ámbito de aplicación) del citado Reglamento se indica textualmente que: " La presente normativa establece las regulaciones a que deben someterse los sujetos de derecho privado que se beneficien con fondos públicos provenientes de transferencias y partidas específicas, cont ...
Fecha publicación: 09/12/2005
Fecha emisión: 06/12/2005
Documento: 16002-2005.doc
Institución: MINISTERIO DE GOBERNACION Y POLICIA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Gubernamentales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Gubernamentales Lic. Johnny Marín A. -6- 28 de noviembre, 2005 Al contestar refiérase al oficio Nº 15417 28 de noviembre, 2005 FOE-GU-468 Licenciado Johnny Marín Artavia Director General Dirección General de Migración y Extranjería Ministerio de Gobernación y Policía Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio sobre limitaciones en el contenido de los beneficios económicos que se pueden otorgar a los funcionarios y funcionarias de la Dirección General de Migración y Extranjería para la realización de estudios universitarios. Mediante oficio AJ-0514-2004-AC esa Dirección General consulta, habida cuenta de la imposibilidad de financiar carreras completas a los funcionarios y funcionarias, cuál es el porcentaje de financiamiento máximo aceptable y si resulta posible sufragar como parte de ese beneficio los costos de pruebas de grado y graduación. En relación con los puntos concretos consultados, esta Contraloría General se abstiene de emitir criterio, por cuanto se trata de dos aspectos que, junto con otros de carácter operativo, deben ser definidos por la propia Administración. No se omite señalar que en ese procedimiento de definición es recomendable: 1° la prevalencia de criterios objetivos, claros y escritos, y 2° la consideración preponderante del interés institucional, a fin de que en todo momento los gastos que se acuerden para la capacitación del personal sean concordantes con la misión y los planes operativos de esa Dirección y del Ministerio de Gobernación y Policía. A fin de colaborar con esa Administración, se realiza a continuación un resumen de los criterios relevantes de esta Contraloría General sobre la materia objeto de consulta. · En el oficio 01270 de 23 de febrero de 1988 se analizó la existencia de este tipo de erogaciones y se estipuló su relación directa con el “beneficio in ...
Fecha publicación: 01/12/2005
Fecha emisión: 28/11/2005
Documento: 15417-2005.doc
Institución: MINISTERIO DE GOBERNACION Y POLICIA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS GUBERNAMENTALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales 2 Al contestar refiérase al oficio No. 15173 22 de noviembre, 2005 FOE-SO-517 Señora Anabelle Lang Ortiz Directora Nacional DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD De la Estación del Pacífico, 150 metros norte Edificio color blanco San José Estimada señora: Asunto: Respuesta a su oficio DND-1696-05 del 17 de noviembre de 2005. Se atiende su oficio de referencia, mediante el cual consulta a esta Contraloría General si las organizaciones comunales de la provincia de Cartago, las cuales reciben recursos provenientes del impuesto al cemento, según lo establecido en la Ley No. 6890 del 14 de setiembre de 1983, requieren de la calificación de idoneidad para administrar fondos públicos a fin de poder manejar dichos dineros. Sobre el particular, se le indica que, tal como lo señala el asesor legal de esa institución, en su oficio ALR 796-2005 que se anexa a su gestión, la calificación de idoneidad para administrar fondos públicos, que corresponde otorgar a este órgano contralor, procede en los casos en que así expresamente la ley lo señale, lo cual ocurre únicamente en las leyes 7730 del 20 de diciembre de 1997, 7755 del 23 de febrero de 1998 y 7972 del 22 de diciembre de 1999, por lo que no es necesaria en lo que respecta a los recursos que gira DINADECO a las organizaciones comunales de Cartago en acatamiento de la citada ley 6890. A pesar de lo anterior, se recuerda la obligación de que DINADECO y dichas organizaciones atiendan en lo que corresponda las disposiciones contenidas en las Circulares Nos. 14298 y 14300, respectivamente, ambas del 18 de diciembre de 2001, referentes a la fiscalización y control de beneficios patrimoniales otorgados a sujetos privados. Atentamente, Licda. Guiselle Segnini Hurtado Lic. Eduardo Zumbado Esquivel Gerente de Área Abogado de Área GSH/EZE/gsl ci Área de Servicios Sociales (2) Archivo Central Ni: 27570 Gestión: 2005 ...
Fecha publicación: 25/11/2005
Fecha emisión: 22/11/2005
Documento: 15173-2005.doc
Institución: MINISTERIO DE GOBERNACION Y POLICIA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


1 3 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N°13981 2 de noviembre de 2005 DAGJ-3272-2005 Señor Rogelio Ramos Martínez Ministro MINISTERIO DE GOBERNACIÓN, POLICÍA Y SEGURIDAD PÚBLICA Estimado señor: Asunto: Se atiende solicitud de autorización de pago de viáticos y gastos de transporte por parte de la Cámara Nacional de Radio. Nos referimos a su oficio número 2633-2005 DM de fecha 22 de setiembre de 2005, presentado ante esta Contraloría General el día 23 de setiembre, por medio del cual solicita la autorización de este órgano contralor para que el Director de Control de Radio de dicho Ministerio participe en una reunión a celebrarse en Panamá, cuyos gastos de transporte y viáticos serían cancelados por la Cámara Nacional de Radio. Señala que la Unión Internacional de Telecomunicaciones recomienda a las Administraciones, en aras de un uso adecuado del espectro radioeléctrico, que coordinen el uso de las frecuencias con sus países vecinos, con el propósito de llevar una administración más eficiente de dicho recurso. Indica que los problemas de interferencias en el uso de las radiocomunicaciones en las zonas fronterizas son cada vez mayores, los cuales se podrían eliminar o minimizar mediante el establecimiento de convenios bilaterales en el uso de dichas frecuencias. Ahora bien, destaca que en el caso de Costa Rica, nunca ha habido coordinación alguna con Panamá ni con Nicaragua, y precisamente por tal motivo y con la finalidad de iniciar las conversaciones a través de las cuales se pueda llegar a la suscripción de convenios para una adecuada administración del espectro radioeléctrico, es que señala que la Cámara Nacional de Radio ha gestionado una reunión con el Ente Regulador de los Servicios Públicos de Panamá –institución encargada de la administración y control del espectro radioeléctrico– a realizarse en fecha a convenir en la Ciudad de David, Panamá, en la cual se considera sumamente oportuno y convenient ...
Fecha publicación: 05/11/2005
Fecha emisión: 02/11/2005
Documento: 13981-2005.doc
Institución: MINISTERIO DE GOBERNACION Y POLICIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
Tesauro: Zonaje y Viaticos , Prohibicion de Percibir Compensaciones Salariales


PAGE 10 R-DAGJ-720-2005(BIS) CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. San José, a las trece horas del veinticinco de octubre de dos mil cinco.---------------------------------------------------------------------------------------- Recursos de objeción interpuesto por Automotores Superiores, S.A. y Disexport Internacional, S.A. en contra del cartel de la licitación por registro 179-2005, promovida por el Ministerio de Gobernación y Policía y Seguridad Pública para la compra de equipo automotor----------------------- I.-POR CUANTO: Automotores Superiores, S.A. y Disexport Internacional, S.A. interpusieron en tiempo el presente recurso de objeción.--------------------------------------------------------------------------- II.-POR CUANTO: Mediante autos de las trece horas del once de octubre y de las quince horas con treinta minutos del doce de octubre de dos mil cinco, se confirieron audiencias especiales a la Administración con el objeto de que se refiera por escrito a los argumentos de las objetantes y remitiera una copia fiel del cartel. Asimismo, se procedió a acumular dichos recursos.----------------- III.- POR CUANTO: El Ministerio de Gobernación y Policía licitante mediante escritos presentados el 14 y 19 de octubre de 2005, respondieron las audiencias.------------------------------------------------- IV.- Sobre el fondo: A) Recurso de Automotores Superiores, S.A. 1) Garantía del fabricante y garantía de representante: El objetante solicita la modificación de esta cláusula, con la finalidad de que se permita la emisión de garantías de fábrica por parte del fabricante y del oferente en su condición de representante o distribuidor local; toda vez, que estima que las garantías que está solicitando la Administración son las emitidas por el fabricante de los vehículos, lo que significa que las garantías que son emitidas por el distribuidor local –aunque se responsabilice en todos sus extremos- de los alcances de la garantía que emita el fabricante no s ...
Fecha publicación: 29/10/2005
Fecha emisión: 26/10/2005
Institución: MINISTERIO DE GOBERNACION Y POLICIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Licda. María E. Barquero Paniagua 2 14 de octubre, 2005 Al contestar refiérase al No. 13017 14 de octubre, 2005 DI-CR-630 Licenciada María Eugenia Barquero Paniagua Auditora Interna MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICIA Estimada señora: Asunto: Competencia de las diferentes instancias del Sector Público para girar recomendaciones a las Auditorías Internas. Se da respuesta a su consulta planteada en nota N° AI-849-2005 del 14 de setiembre de 2005, respecto de si la “...Unidad del Ministerio de Hacienda o bien otra instancia (aparte de la Contraloría General de la República), tiene competencia para girar recomendaciones a la Auditoría Interna y en caso de que exista; cuales serían los mecanismos de coordinación más idóneos que deberían establecerse, tanto para girar recomendaciones como para la verificación de su implantación”. Lo anterior en razón de que la Unidad de Seguimiento y Control de la Ejecución Presupuestaria, de la Dirección General de Presupuesto Nacional, del Ministerio de Hacienda emite conclusiones y recomendaciones dirigidas a la administración activa y a esa Auditoría Interna. La consulta planteada requiere que previamente esa Auditoría Interna del Ministerio de Gobernación haya obtenido de la Unidad de Seguimiento y Ejecución de Control Presupuestario, indicación de la normativa que define las competencias, potestades y deberes, así como el ámbito de acción, en este caso en particular para con esa Auditoría Interna y con base en ello, indague y documente lo necesario para conformar su propio criterio, considerando además el razonamiento de la Asesoría Legal del citado Ministerio de Gobernación, en caso de que corresponda. Por último, si persiste la duda, la Auditoría Interna de ...
Fecha publicación: 15/10/2005
Fecha emisión: 12/10/2005
Documento: 13017-2005.doc
Institución: MINISTERIO DE GOBERNACION Y POLICIA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS


1 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 12297 27 de setiembre, 2005 DAGJ-2937-2005 Licenciado Luis Ángel Castro Solórzano Oficial Presupuestal Departamento Financiero Sección Transferencias MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA Estimado señor: Asunto: Consulta sobre la vigencia del oficio 14416 del 15 de diciembre de 1999. Damos respuesta su oficio 099-2005 fechado 23 de agosto de 2005, mediante el cual solicita se le indique si el oficio 14416 del 15 de diciembre de 1999 (DAGJ-584-99) se encuentra vigente. Sobre el particular, no obstante su petición no es concreta en cuanto a qué es lo se desea saber si se encuentra vigente, el oficio que señala como referencia no concuerda con nuestros archivos toda vez que el oficio 14416 del 15 de diciembre de 1999 tiene un DAGJ-579-99 y corresponde a una consulta de precios de la empresa Conexpress S. A.. En cuanto al DAGJ-584-99 referido por usted en su misiva, corresponde al oficio 14438 y trata sobre una autorización de contratación directa del Ministerio de Ambiente y Energía. Como puede apreciar, la confusión en el número del oficio y la falta de detalle sobre el o los aspectos a evacuar, nos hace imposible referirnos puntualmente a algún punto en específico. Atentamente, Lic. Jesús Mora Calderón Lic. Luis Fernando Jara Villalobos Gerente Asociado Fiscalizador LFJV/ds NI: 19123 Cc: Archivo Central G: 2005005252-1 ] ...
Fecha publicación: 06/10/2005
Fecha emisión: 03/10/2005
Documento: 12297-2005.doc
Institución: MINISTERIO DE GOBERNACION Y POLICIA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales 1 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales Sr. Gerardo Jiménez Zúñiga 8 23 de setiembre, 2005 Al contestar refiérase al oficio No. 11882 23 de setiembre, 2005 FOE-SO-426 Señor Gerardo H. Jiménez Zúñiga Secretario Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA De la Estación del Pacífico, 150 metros norte, Edificio color blanco San José Estimado señor: Asunto: Prescripción de la obligación de presentar el informe económico sobre la utilización de recursos girados por el Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad a una organización comunal. Se atiende su oficio CNDC-152-05, del 5 de setiembre último, mediante el cual, en cumplimiento del Acuerdo No. 6, tomado por el Consejo Nacional de Desarrollo de la Comunidad en su sesión ordinaria No. 1201-05 del 19 de mayo de 2005, consulta a esta Contraloría General las posibilidades y eventuales efectos de aplicar la figura de la prescripción en el caso de una asociación de desarrollo que hace diez años recibió recursos económicos para invertir en actividades de capacitación y a la fecha no ha presentado el informe económico correspondiente a que se encuentra obligada de conformidad con la normativa vigente. Sobre el particular, se debe recordar en primera instancia, lo dispuesto en la “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, No. CO-529, publicada en La Gaceta No. 107 del 5 de junio de 2000, básicamente en cuanto a que no es posible evacuar consultas que se refieran a situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante. En el asunto que nos ocupa, se consulta expresamente por un caso conocido en el seno de ese Consejo Nacional, el cual deberá ser analizado y resuelto por dicho órgano colegiado, que resulta el competente en la materia. ...
Fecha publicación: 26/09/2005
Fecha emisión: 23/09/2005
Documento: 11882-2005.doc
Institución: MINISTERIO DE GOBERNACION Y POLICIA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales 1 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Sociales Licda. Anabelle Lang Ortiz 2 19 de setiembre, 2005 Al contestar refiérase al oficio No. 11510 19 de setiembre, 2005 FOE-SO-408 Señora Anabelle Lang Ortiz Directora Nacional Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA De la Estación del Pacífico, 150 metros norte, Edificio color blanco San José Estimada señora: Asunto: Donaciones de Inmuebles a favor de organizaciones de desarrollo comunal por parte de entidades públicas. Se atiende su oficio DND-1281-05 del 5 de setiembre último, mediante el cual consulta si a la luz de lo establecido en el numeral 19 de la Ley sobre el Desarrollo Comunal, No. 3859, Radiográfica Costarricense, como empresa pública estatal, puede hacer una donación de un inmueble a favor de una asociación de desarrollo comunal. Sobre el particular, se le recuerda que esta Contraloría General no puede resolver gestiones relativas a asuntos concretos, no obstante, en un afán de colaboración, en forma general se señala que el referido artículo 19, en su párrafo primero, textualmente dispone: “El Estado, las instituciones autónomas y semiautónomas, las municipalidades y demás entidades públicas quedan autorizadas a otorgar subvenciones, donar bienes, o suministrar servicios de cualquier clase, a estas Asociaciones, como una forma de contribuir al desarrollo de las comunidades, y al progreso social y económico del país”. Norma que claramente autoriza a toda entidad pública para conceder cualquier tipo de liberalidad en beneficio de las organizaciones comunales, con lo cual, en principio, la respuesta a su interrogante resultaría positiva. No obstante, se deberán tener en cuenta ciertos elementos indispensables, de previo a tomar una decisión de este tipo, como son fundamentalmente: 1) De previo a la concesión de un beneficio patrim ...
Fecha publicación: 22/09/2005
Fecha emisión: 19/09/2005
Documento: 11510-2005.doc
Institución: MINISTERIO DE GOBERNACION Y POLICIA
Emite: HISTÓRICO SERVICIOS SOCIALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores PAGE División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Lic. Rogelio Ramos Martínez 5 1° de setiembre, 2005 Al contestar refiérase al oficio Nº 10669 1° de setiembre, 2005 DI-CR-487 Licenciado Rogelio Ramos Martínez Ministro MINISTERIO DE GOBERNACIÓN, POLICÍA Y SEGURIDAD Estimado señor: Asunto: Garantías de fidelidad dictadas por Artículo 13 de la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos Nº 8131 (LAF). Se da respuesta a su estimable oficio Nº 789-2005 DM, mediante el cual se consulta, referente al tema de garantías de fidelidad dispuestas por el Artículo 13 de la Ley Nº 8131, lo siguiente: 1. ¿Cuál sería el paso a seguir por el Ministerio de Seguridad Pública para dar cabal cumplimiento a las normas 13 y 110 inciso l de la Ley 8131 y la norma 4.20 del Manual de Normas Generales de Control Interno emitido por la Contraloría General de República en el año 2002? 2. ¿En el caso de que un órgano distinto de la Contraloría General de la República deba establecer procedimientos y montos para las cauciones obligatorias sobre la normativa indicada en el punto anterior, cuál sería ese órgano y el fundamento legal de tal competencia? 3. ¿Cuáles serían los parámetros y metodología a seguir, así como los aspectos técnicos a considerar para emitir una reglamentación de carácter eminentemente económico-financiero, uniforme y ajustada a aquellas otras que en el mismo sentido deban dictar otros órganos? Se adjunta a la consulta el oficio Nº 394-2005 de 24 de enero de 2005 emitido por la Dirección de Asuntos Legales de ese Ministerio en la que esa Dirección tiene “... duda en cuanto a que ese Ministerio debe establecer los procedimientos, y montos de las cauciones que deben rendir los funcionarios indicados en el numeral 13 de la Ley Nº 8131, tod ...
Fecha publicación: 04/09/2005
Fecha emisión: 01/09/2005
Documento: 10669-2005.doc
Institución: MINISTERIO DE GOBERNACION Y POLICIA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS